Comunidad CBA
Comunidad CBA
¿Cómo se organiza nuestra comunidad?
- El Centro de Radioaficionados CBA reconoce las siguientes categorías de Socios; a) Honorarios; b) Vitalicios; c) Activos; d) Cadetes; e) Transeúntes.
- Podrán ser Socios Honorarios aquellas personas que, poseyendo títulos extraordinarios, o habiendo contribuido en forma excepcional al progreso de la Institución, sean así proclamados por la Asamblea General a propuesta fundada de la Comisión Directiva o por pedido escrito y fundado propuesto por un 35% de los Socios Activos de la Institución.
- Los Socios Honorarios tienen todos los derechos que el Centro reconoce a sus Socios Activos, siempre que hayan sido reconocidos como tales.
- Se reconocerá como Socios Vitalicios a los activos que hayan abonado sus cuotas por un lapso de 25 años ininterrumpidamente y siempre que el número de éstos no exceda el 30% del total de los Socios Activos.
- Tendrán los mismos derechos de los socios activos y estarán exentos del pago de las cuotas sociales.
- Podrán ser Socios Activos las personas que habiendo satisfecho las condiciones de ingreso sean aceptados como tales por la Comisión Directiva.
- Abonarán cuotas de asociación que fijará Comisión Directiva.
¿Qué beneficios tenes dentro de nuestra comunidad?
- Solicitar el carnet que acrediten su condición de socio
- Votar en elección de autoridades del Centro después de adquirir como socio una antigüedad mínima de un año y ser elegido conforme al Artículo 7°.
- Voz y voto en todas las Asambleas.
- Voz en las reuniones de la Comisión Directiva que no sean reservadas.
- Frecuentar el local social y hacer uso de todos los servicios establecidos.
- Recibir sin cargo las publicaciones editadas por la Entidad.
- Objetar por escrito ante la Comisión Directiva o verbalmente ante alguno de sus miembros, la admisión de cualquier candidato a socio.
- Invitar a personas de su relación a acompañarlos a los locales.
- Sugerir por escrito a la Comisión Directiva toda iniciativa que estimen beneficiosa para la Institución.
- Solicitar a la Comisión Directiva designación de Socios Transeúntes quienes no abonarán cuota alguna.
Podrán ser Socios Cadetes los menores de 12 años hijos de los Socios Honorarios, Vitalicios o Activos, a pedido de sus padres. No pagarán cuota alguna. Al cumplir los 12 años pasarán automáticamente a la categoría de Activo, sin abonar cuota de ingreso.
Las autoridades existentes solicitar la ratificación de éste, en el deseo de continuar perteneciendo a la Institución.
Podrán ser reconocidos como Socios Transeúntes por la Comisión Directiva por si o a solicitud de socios, aquellas personas que, de paso por la Capital Federal, sean acreedoras, a juicio de la Comisión Directiva de esa distinción y particularmente quienes tengan licencia oficial de radioaficinado.
¿Cómo se te reconoce parte de nuestra comunidad?
- Deberás conocer y cumplir nuestro estatuto en todas sus partes.
- Llenar, firmar y presentar el formulario de solicitud de ingreso correspondiente, suscripto por un socio de la Institución.
- La Comisión Directiva definirá tu solicitud por votación de sus miembros presentes. Si fuera rechazada no podrá ser considerada nuevamente hasta pasado un año.
- Los socios abonarán una cuota correspondiente al ingreso, que fijará la Asamblea ordinaria, cuota que, cuando convenga a los intereses del Centro podrá suspender temporalmente la Comisión Directiva.
¿Cuáles son tus responsabilidades dentro de nuestra comunidad?
- Deberás cumplir las disposiciones de este Estatuto y demás reglamentaciones del CBA
- Los Socios Activos deberán abonar las cuotas adelantadas
- Deberás concurrir a los llamados de la Comisión Directiva, formar parte de las comisiones internas y aceptar los cargos que se le confíen salvo que medien circunstancias que se lo impidan.
- Para entrar al local del Centro, asistir a las Asambleas y gozar de los beneficios establecidos como finalidad del mismo, deberás estar al día con las obligaciones que impone este Estatuto y con cualquier otra obligación pecuniaria que tenga pendiente con Tesorería.
- Todo socio que no hubiere abonado las cuotas del trimestre en curso y desee renunciar a su condición de tal, deberá hacerlo por escrito individualmente, abonando la cuota hasta la fecha de la presentación de la renuncia.
- La aceptación de renuncias o aplicación de suspensiones o separación de socios por causa de inmoralidad, morosidad en el pago de cuotas sociales o por inconducta relativa al CBA corresponde a la Comisión Directiva.
- El socio suspendido separado podrá apelar a esta medida en la primera Asamblea que se celebre, por escrito y con una anticipación no menor de 30 días a la realización de la misma, la cual resolverá definitivamente, siendo responsabilidad de la Comisión Directiva incluirla en el orden del día.
- Para solicitar el reingreso deberás abonar el importe de dos trimestres.
- Será considerado moroso aquel socio que adeude seis cuotas
- Se informará de la mora mediante correo electrónico fijándole un plazo de treinta días para regularizar su situación
- La Comisión Directiva declarará cesante a quien no regularice su situación de mora en el plazo establecido
- Los Socios Activos que fueran convocados a tareas de Defensa Nacional o a prestar servicios en situaciones de catástrofe serán eximidos del pago de la cuota mientras permanezcan en estos servicios.
- Sin que esto implique la pérdida de ninguno de sus derechos de socio, siempre que lo solicite por escrito a la Comisión Directiva, estando obligados a comunicar en la misma forma la fecha de terminación de su Servicio.
- La Comisión Directiva establece el uso obligatorio del carnet de socio.
Estatuto Social de la entidad – Descargar
Contacto info
- Emailsecretaria@lu5cba.org.ar
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